Feriado de Año nuevo

Feriado detalle

El jueves 1 y viernes 2 de enero son días de descanso obligatorio, amparados bajo el decreto ejecutivo Nº1162, aprobado en 2012.

La jornada del 2 de enero, declarado puente vacacional, se recuperará el día sábado 10 de enero del 2015. Tomando en cuenta el fin de semana, habrán cuatro días de descanso al inicio del nuevo año. Las actividades se retomarán el lunes 5 de enero.

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